Abogados de accidentes en Madrid
Tanto empresarios como trabajadores saben que en cualquier momento y sin previo aviso se pueden ver inmersos en un procedimiento de incapacidad temporal por accidente laboral. Elegir a buenos abogados de accidente que se encarguen del asesoramiento de las partes en estas situaciones puede ser vital para la resolución satisfactoria del problema, ya que el abogado de accidentes en Madrid le evitara costes y hará que el procedimiento sea rápido y eficaz.
Durante mi dilatada experiencia como profesional del derecho, he podido ayudar a muchos clientes que han acudido a mi despacho a evitar un problema a la hora de realizar los trámites necesarios para llevar a cabo una buena gestión del siniestro frente a la Administración, evitando igualmente posibles problemas entre las partes.
Un caso típico de accidente de trabajo es el que se me dio hace un año, siendo su tramitación fácil y rápida para abogados especialistas en accidentes laborales, pero que para el empresario y el trabajador por su cuenta habría sido mucho más complejo y tedioso.
Recurra a nuestros abogados de accidentes en Madrid
1- Qué hacer ante un siniestro en la empresa.
En una empresa dedicada al sector textil, Textiles S.A., uno de sus trabajadores, Francisco S.E., de 48 años de edad, tuvo un accidente de trabajo el 30 de Abril de 2013, al caer al suelo desde metro y medio de altura mientras se encontraba reparando una máquina que había quedado atascada, golpeándose en la cabeza. A consecuencia del golpe tras la caída, el trabajador sufrió una fuerte hemorragia, quedando inconsciente durante más de una hora.
Tras ser atendido en el hospital y comprobar que todo estaba bien, empresa y trabajador debían comenzar el procedimiento de comunicación del accidente de trabajo y de baja por incapacidad temporal. En este supuesto concreto, Francisco S.E. estuvo de baja durante el periodo de 3 meses, si bien, su contrato laboral con Textiles S.A. finalizaba el 30 de Mayo de 2013, es decir, solo un mes después de la fecha del siniestro. Gracias a mi intervención como abogado de accidentes en Madrid, la empresa pagó tan solo lo que le correspondía, sin que el trabajador por su parte viera reducido ninguno de sus derechos.
El primer paso a seguir en este procedimiento fue la comunicación del accidente de trabajo a través del Sistema de Declaración Electrónica de Accidentes de Trabajo (Delt@). Para ello, la empresa contaba con un plazo de cinco días desde el siniestro, y en el mismo hubo que especificar todas las circunstancias relativas al accidente (fecha y hora del mismo, forma en la que se llevó a cabo, testigos, etc). Igualmente, se comunicaron las circunstancias económicas de la relación laboral con el fin de obtener la base reguladora.
2- Cálculos para la prestación de incapacidad temporal.
Para el cálculo de la nómina de Francisco S.E. durante su periodo de baja hubo que tener en cuenta que la base reguladora del trabajador ascendía a la cantidad de 1.240,00 euros, y que como la Incapacidad Temporal se debía a un accidente de trabajo, la cuantía a percibir por el mismo durante sus tres meses de baja correspondía al 75% de la base reguladora, es decir, 930,00 € desde el día en que se produjo el accidente.
Dicha cantidad le fue abonada al trabajador durante el mes de contrato que le quedaba por Textiles S.A., y posteriormente, por la Seguridad Social, durante los dos meses restantes de baja. Al extinguirse la relación laboral, el empresario ya no tenía obligación de seguir abonando dicha cuantía, y por tanto era la Seguridad social la que debía hacerse cargo de los 1.860,00 € restantes. En mi caso, como profesional del derecho siempre asesoro a mis clientes para que paguen tan solo lo que deben. Contar con abogados de accidentes que nos guíen en nuestros problemas siempre hace que ahorremos tiempo y dinero.
Para que la Seguridad Social abonase directamente los dos meses pendientes de prestación a los que el trabajador tenía derecho, había que cumplir diligentemente con las comunicaciones del periodo de baja del trabajador por parte del empresario, comunicando los correspondientes partes de baja y de confirmación que el trabajador a su mutua o entidad gestora, que en este caso concreto era la propia Seguridad Social.
No obstante, y aunque Textiles S.A. había pagado directamente al trabajador por el primer mes de baja, el pago de la prestación por incapacidad temporal derivada de accidentes laborales por parte de la empresa se trata de un pago delegado, del que realmente debía responder la propia Seguridad Social. Por tanto, la empresa pudo descontar en sus cotizaciones los 930,00 € abonados por este concepto al trabajador durante el mes que se le pagaron.
3- La ayuda del experto que necesitas.
Por su parte, Francisco S.E. quedó muy complacido con la intervención de abogados de accidente laboral en el proceso, ya que gracias a mi asesoramiento, además de cobrar su prestación completa por incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo, al finalizar la misma pudo optar a un año de prestación por desempleo a la cual tenía derecho. Cuando le concedieron la misma, dos meses que estuvo cobrando la prestación por incapacidad temporal no se le restaron al periodo al que tenía derecho por desempleo.
Sin abogados de accidentes laborales, Textiles S.A. y Francisco S.E. no habrían sabido qué hacer frente al siniestro, y la resolución del problema nunca habría sido tan rápida y amistosa como lo fue. Son muchos los clientes que me confiesan no haber acudido en un primer momento a mi despacho al considerar que podían hacerse cargo del problema ellos mismos, y que tras mi intervención reconocen que mi trabajo les ha ahorrado dinero y complicaciones.
(Con casos de clientes en Alicante de: Fuenlabrada, Alcalá de Henares, Parla, San Sebastián de los Reyes, etc)